martes, 3 de marzo de 2009

Sindicato Nacional de Trabajadores de Cigarrera Bigott (SINATRACIBI)

Caracas 28 de Enero del 2009


A TODOS NUESTROS AFILIADOS:

1.- Desde hace mas de un año la empresa introdujo la practica de contratar personal a tiempo determinado basándose en el articulo 75 de la L.O.T. , estos contratos en su mayoría fueron de seis meses, mas una prorroga de seis meses mas, el problema radica en la naturaleza del trabajo que están realizando dichos trabajadores el cual NO es para nada TEMPORAL como se ha querido dejar ver, ellos están realizando la misma labor que sus otros compañeros que gozan de contratos a tiempo indeterminado.
Además, a nivel de Convención Colectiva nuestra Clausula Nro. 4, reza de manera explicita, que todo Trabajador que ingrese a la Empresa será considerado como Trabajador regular, después que haya terminado su periodo de prueba y que dicho periodo no debería ser mayor de treinta días, exceptuando a los trabajadores contratados a tiempo u obra determinada, caso este que a nuestro juicio no aplica a este grupo de trabajadores los cuales realizan labores PERMANENTES dentro de la organización.
Este proyecto se realiza en la Fuerza de Ventas de la compañía a nivel nacional y fue bautizado inicialmente como “Plan Ambulancia”, esto por la supuesta emergencia con la que fue presentado en su momento, dichos trabajadores fueron luego utilizados en labores rutinarias de la Fuerza de Ventas, como Ventas Directas, Creación de Rutas de Ventas, Despachos, Cobranzas etc., todas labores ordinarias de los Vendedores Regulares.
Adicionalmente al finalizar el segundo contrato, se les informa a los vendedores que no pueden continuar trabajando, pero se reemplaza su puesto por otra persona de las mismas características pero con igual contrato a tiempo determinado, cuestión que a simples luces nos parece una practica nefasta ya que disfraza o disimula la real necesidad de un personal fijo a tiempo indeterminado, con la aplicación desmedida de los contratos a tiempo determinado. ES DECIR ESTAMOS ANTE UNA SITUACION DE TRABAJO PERMANENTE CON DENOMINACION DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO.
Y por si esto fuera poco estos trabajadores por su salario de enganche (1.540,00 Bs.) están protegidos por el decreto de inamovilidad laboral Nro.( ) razón por la cual exigimos que todos estos trabajadores que hallan demostrado con hechos ser adecuados para el trabajo en la Fuerza de ventas y la condición de dicha ruta lo permita, sean incorporados de manera definitiva y permanente a la nomina de Bigott como empleados a tiempo indeterminado.
2.- Le pedimos a la Cigarrera Bigott que antes de presentar cualquier proyecto de cambio en las condiciones de trabajo de la Fuerza de Ventas, honre la cancelación de las horas extras trabajadas ( Sobretiempo ) y no canceladas a los mismos por mucho tiempo, razón por lo cual exhortamos a la representación empresarial a retomar cuanto antes la mesa de negociación par llegar a acuerdos sobre este tema.

Como se puede observar los puntos antagónicos son de fácil solución por lo que esperamos que en un ambiente de cordialidad y respeto se resuelvan los mismos y caminemos juntos por el sendero de la justicia social de nuestros afiliados.


JUNTA DIRECTIVA DE SINATRACIBI

EL CAMBIO ESTA EN MARCHA¡¡¡¡¡
RUMBO AL CONTRATO COLECTIVO….

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